Normativa 2024
Larga estancia


1.    DISPOSICIÓN GENERAL.

Es de carácter obligatorio el registro en recepción de todas las personas que accedan al recinto, tanto para alojarse como para pasar el día. Estarán obligadas a cumplir las disposiciones de este Reglamento y la Legislación del Principado de Asturias que regula la acampada turística (Ley del Principado de Asturias 7/2001, de 22 de junio de Turismo y Decreto 280/2007 de 19 de diciembre del Reglamento de Campamentos de Turismo, modificado por los Decretos 45/2011 de 02 de junio y 71/2018, de 21 de noviembre) y a abonar la tarifa correspondiente a su estancia a la entrada al establecimiento.

2.    DERECHO DE ADMISIÓN.

necesario), a cualquier persona que mediante su comportamiento altere la paz y armonía de los demás o no respete las normas de convivencia, moralidad y decencia, tal y como se establece en el presente reglamento y, por defecto, en la legislación del Principado de Asturias, donde se regula la acampada turística.

Así mismo, la empresa se reserva el derecho de expulsar a toda persona sin identificar o registrar que se encuentre dentro del recinto del Camping, pudiendo exigir tanto al mismo como al titular del contrato, el importe correspondiente a su estancia en su tramo máximo y según la modalidad de contrato.

El camping es un alojamiento turístico, en ningún caso residencia.

MENORES

Los menores de edad, siempre mayores de 16 años, podrán acampar y pernoctar en el Camping de forma independiente,  presentando por escrito en Recepción al momento del registro junto con su documento de identidad, un documento firmado con la autorización DNI y el consentimiento expreso de ambos progenitores debiendo estar, además y en su caso, debida y expresamente autorizados por el titular de la parcela en la que vayan a pernoctar.

Los campistas registrados que acuerden con otros campistas, permitir la pernocta en su parcela de menores ajenos a la misma, deberán comunicarlo en la Recepción, identificando debidamente a los menores, asumiendo la responsabilidad sobre los mismos.

En el caso de menores acompañados por un/varios monitores/es, éstos deberán entregar en Recepción al momento del registro la documentación identificativa de los menores de los que son responsables y copia del consentimiento expreso de ambos progenitores en cada caso, para el desarrollo de la actividad.

En todo momento deberán cumplir la normativa vigente en el camping y en caso contrario, dicho incumplimiento podrá ser motivo de rescisión unilateral del contrato sin derecho a indemnización ni compensación de cualquier clase, pudiendo procederse a la expulsión de los mismos y también en su caso de sus mayores responsables, respondiendo en todo caso y a todos los efectos, el adulto que autoriza la acampada o estancia de los mismos en el recinto.

3.    REGISTRO DE ENTRADA.

Para la entrada y acceso a las instalaciones del Camping es obligatoria la presentación del correspondiente DNI o pasaporte, desde los 14 años, como marca la normativa de alojamientos turísticos. Así como cumplimentar la documentación exigida para ello por parte del personal del Camping, a fin de acreditar cuantas personas están presentes en el Camping y la identidad de las mismas.

El 15 de junio (comienzo de temporada de verano) los campistas de larga estancia deberán tener firmado y debidamente cumplimentado el contrato en vigor correspondiente a la temporada.

4.    IDENTIFICACIÓN DEL CLIENTE.

Es obligatorio para todos los clientes tener en la caravana, tienda o Mobil-home una copia del contrato en caso de larga estancia, o de la factura en caso de clientes ordinarios, los cuales podrán ser solicitados en cualquier momento por el personal del Camping.

5.    COLOCACIÓN – RETIRADA DE CARAVANAS – TIENDAS – MOBIL HOME.

La colocación en las parcelas de las caravanas o tiendas, será a criterio de la dirección del Camping.

La instalación de las caravanas o de las tiendas, sólo se podrá realizar en horario de 08:00 a 00:00 horas.

No está permitida la retirada de un Mobil Home en temporada de verano.

Para la retirada de una caravana de cliente de larga estancia, será necesario firmar el documento de baja en la recepción del camping, así como entregar una fianza de 250 € que será reembolsada en el momento que la parcela quede totalmente limpia y despejada de cualquier material; en caso contrario, se facturará en concepto de limpieza de parcela. Sólo podrá ser retirada una vez abonada la tarifa correspondiente al mes de salida de la caravana.

En caso de no despejar la parcela de elementos de gran volumen como plásticos, maderas o elementos que requieran su traslado directo al vertedero, la tarifa será de 500€ en concepto de mano de obra y tendrá que ser abonada antes de retirar la caravana y en el momento de la firma del documento de baja. Así mismo se reserva la opción de añadir los costes derivados, si los hubiera, de su eliminación en el vertedero y deberán ser abonados por el campista que retira la caravana.

HORARIOS Y SILENCIO.

El horario de apertura del camping será el siguiente:

Estancia de Invierno:

Viernes 17:00h- Domingo 21:00h

Vísperas de Festivos 17:00-24:00h y Festivos 08:00h-21:00h

(excepto meses de cierre del camping)

Estancia de Verano (15-06-23 a 15-09-23): Ininterrumpido

A fin de respetar el descanso de todos los campistas es de obligado cumplimiento el horario de silencio. Se guardará silencio absoluto entre las 12 de la noche y las 8 de la mañana.

El horario de silencio establecido con carácter general deberá en todo caso ser escrupulosamente respetado. Queda asimismo prohibido el uso de música amplificada, a cualquier hora del día y se considerará volumen excesivo en el momento que pueda ocasionar molestias al resto de campistas.

El incumplimiento de esta norma podrá ser motivo de rescisión unilateral del contrato sin derecho a indemnización ni compensación de cualquier clase.

7.    VEHÍCULOS.

El horario para la circulación de vehículos en el recinto queda restringido a las horas comprendidas entre las 00:00 y 08:00. En ese rango horario, los usuarios del Camping podrán usar el parking siempre que tengan espacio libre.

Dentro del recinto, solo podrá acceder un vehículo por parcela, que deberá permanecer estacionado dentro de los límites de su parcela y deberá haber sido anteriormente registrado en la recepción. No se permitirá a ningún vehículo aparcar en parcela ajena aún con permiso del titular de la misma. Al respecto, es responsabilidad del campista tener la matrícula del vehículo asociado a su parcela actualizada en el registro de recepción, permitiéndose comunicar únicamente un solo cambio de matrícula cada año.

La velocidad máxima permitida dentro del Camping será de 10 Km/h.

El uso de otro tipo de vehículos como bicicletas, patinetes, etc. dentro del camping quedará igualmente sometido a las normas de circulación establecidas dentro del Camping y a la señalización tanto vertical como horizontal existente (barreras, señales, espejos, carriles…), con total preferencia de los peatones sobre cualquier tipo de vehículo, y al uso de los elementos de protección adecuados. Queda terminantemente prohibido exceder la velocidad de circulación establecida con carácter general y estacionar dichos vehículos fuera de las parcelas asignadas o de los espacios especialmente reservados para ello. En caso de incumplimiento de las normas y/o de accidente en que resulte implicado algún menor de edad, el responsable será en todo caso el padre/madre o tutor legal del mismo, pudiendo dar lugar a la imposición de sanciones por parte del Camping, con independencia de la responsabilidad derivada del suceso.

No se permite la manipulación de automóviles dentro del recinto de Camping (cambios de aceite, lavados, reparaciones…)

Queda totalmente prohibido pisar, aparcar o maniobrar dentro de parcelas libres; en caso de detectar algún coche aparcado en parcela libre se cobrará la tarifa diaria de coche y parcela girado en la factura del mes en curso.

El camping pone a disposición de sus clientes de larga estancia y glamping que hayan comunicado las matrículas en Recepción a la hora de formalizar su contrato plazas de aparcamiento en el área de Parking. En ningún otro supuesto se garantiza disponibilidad de plaza aparcamiento en el mencionado Parking. En cualquier caso, se ruega que los clientes hagan un uso responsable del mismo, estacionando en las áreas delimitadas a tal efecto y sin bloquear la entrada ni salida de vehículos, tanto dentro del parking como en la zona de barreras.

“Queda prohibido en el interior de cualquiera de las instalaciones cerradas del camping (restaurante, cafetería, bloques sanitarios, recepción, y en especial bungalows…), la introducción de todo vehículo de movilidad personal en cualquiera de sus modalidades: Patinete eléctrico de dos ruedas, Monociclo eléctrico, Segway, Hoverboard, Skateboard eléctrico, y cualquier otro que se pueda encuadrar en la citada definición, eléctricos o con baterías, con excepción de los vehículos para personas con movilidad reducida. Esta medida responde a criterios de salud pública y seguridad, con fundamento en la situación de peligro derivadas de incendios causados por baterías, debido a manipulaciones, desperfectos o el uso de cargadores inapropiados. El incumplimiento de esta medida puede dar lugar a la expulsión del usuario de las instalaciones del camping”.

La circulación con patinetes eléctricos monociclos u otros dispositivos de movilidad personal por el interior del camping deberá efectuarse exclusivamente por el viario del mismo (no por las aceras ni por zonas peatonales), de acuerdo con la señalización y limitaciones de velocidad establecida en los viales para cualquier otro tipo de vehículos, límite máximo de 10 km/h. Cumpliendo, específicamente, la siguiente normativa de tráfico”:

  • Edad mínima para conducir 16 años.
  • Uso de casco obligatorio.
  • Uso obligatorio de luces por la noche.
  • Está prohibido transportar más de 1 persona en el patinete.
  • El propietario deberá aportar un certificado de circulación que incluye un código QR en el que se acredita que el patinete eléctrico cumple con los requisitos técnicos exigidos por la normativa. Este requisito tiene un régimen transitorio: los vendidos a partir del 22 de enero de 2024 serán certificados. Los anteriores podrán circular sin certificación hasta el 22 de enero de 2027.
  • Los usuarios no pueden conducirlo habiendo consumido alcohol o drogas.
  • Los usuarios no pueden conducirlo con auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.

8.    VISITAS.

No estarán permitidas las visitas en ningún caso, toda persona que acceda al camping debe estar correctamente registrada, con el abono correspondiente de la tarifa indicada.  Será de carácter obligatorio llevar la pulsera identificativa visible en la muñeca.

9.    MASCOTAS

Los titulares de los animales de compañía que se encuentren o alojen en CAMPA BELLAMAR SL. deberán cumplir con lo dispuesto en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, respecto de las obligaciones y prohibiciones impuestas por dicha norma, o normativa que le sustituya.

Cualquier cliente que desee introducir en el Camping una mascota tiene la obligación de registrarla en Recepción y tener actualizado el certificado correspondiente a la normativa veterinario–sanitaria vigente, cuya copia deberá adjuntarse al momento del registro.

Sin perjuicio de lo anterior y, en el caso de perros de razas declaradas como potencialmente peligrosas por la normativa autonómica asturiana, la entrada al recinto estará permitida siempre que el animal esté acompañado en todo momento por la persona titular del permiso de tenencia de animales potencialmente peligrosos. El titular del animal deberá previamente, presentar en Recepción la documentación acreditativa del mencionado permiso especial, el seguro en vigor y la cartilla de vacunación actualizada del animal, cuyas copias quedarán en Recepción para constancia. Así mismo, el animal deberá ir con bozal en las zonas comunes y mantenerse en todo momento atado en su parcela, mobilhome, caravana o autocaravana. El camping podrá restringir la entrada a todos aquellos campistas que no presenten la documentación exigida.

Los propietarios deben de tomar las medidas oportunas para evitar que las mascotas deambulen libremente por el Camping y accedan a zonas comunes o parcelas distintas de la suya. A fin de facilitar la convivencia en un ambiente higiénico y cívico en caso de que las mascotas realicen sus necesidades en el interior del camping es obligatorio que el propietario lo recoja y deseche la bolsa en los contenedores exteriores del Camping.

Los animales deben ir sujetos en todo momento por una persona cuando entren o salgan del recinto.

Durante la noche, permanecerán dentro de la tienda, caravana, autocaravana, mobil-home o elemento de acampada correspondiente.

La presencia y estancia de los animales de compañía en el establecimiento y las instalaciones de CAMPA BELLAMAR SL. estará sujeta a las siguientes normas:

Zonas y espacios comunes

  • Los animales de compañía deberán permanecer en las zonas y espacios comunes junto con sus titulares, cumpliendo con las normas de seguridad que les sean exigibles, de manera que no pongan en riesgo la integridad del resto de clientes, personal del establecimiento o la suya propia.
  • En particular, gatos y hurones deberán permanecer en estas zonas en su transportín. Los perros podrán ir en transportín o con collar y correa de sujeción que cumpla con los requisitos normativos, así como bozal, cuando proceda.
  • Queda prohibido el alimentar a los animales de compañía en las zonas y espacios comunes fuera de los lugares específicamente habilitados para ello. El cliente deberá contar con útiles diseñados para ello.
  • Los titulares de los animales de compañía quedan obligados a recoger las posibles deposiciones y orines que se puedan producir en estas zonas
  • Queda prohibida la presencia de animales de compañía en las siguientes zonas y espacios comunes: Habitaciones Hotel Román, Comedor interior del Hotel Román, Parque Infantil y sala infantil, Cancha de juegos, Parking, Comedor e interior de Sidrería Las Gaviotas, Baños – Duchas – Fregaderos del Camping y Tiendas Safari. Estos lugares estarán debidamente señalizados.
  • Los titulares de los animales de compañía deberán velar por que los animales de compañía no causen ruidos molestos que puedan impedir el descanso del resto de clientes.
  • Los animales de compañía no podrán permanecer solos en la unidad de alojamiento. Deberán contar siempre con la presencia de sus titulares.
  • Los titulares de los animales de compañía deberán evitar que se suban a las camas, sillones y demás mobiliario de los bungalows.
  • Los titulares de los animales de compañía deberán abstenerse de usar bañeras, duchas, lavabo y demás sanitarios para bañarlos.

Los animales de compañía cuya presencia está permitida en el establecimiento hotelero se circunscriben a las siguientes clases:

  • Gatos
  • Perros
  • Hurones
  • Otros: Animales domésticos de compañía, a consultar.

Queda prohibida la entrada al camping con animales denominados exóticos.

Queda permitido el acceso y permanencia de los perros de asistencia pertenecientes a las Fuerzas Armadas y Fuerzas y Cuerpos de seguridad del estado que se encuentren de servicio, conforme a su legislación específica, así como el acceso, permanencia y alojamiento de los perros de asistencia de las personas con discapacidad que lo necesiten.

El acceso, permanencia y alojamiento de los perros de asistencia para personas con discapacidad queda sometido a lo dispuesto en la normativa autonómica. Se deberá portar consigo y exhibir el documento acreditativo de su identidad, el carnet de la unidad de vinculación y la documentación sanitaria oficial del perro de asistencia.

  • Deberá mantener colocado en un lugar visible, en el collar o arnés del perro, su distintivo de identificación como perro de asistencia además del microchip exigido en la normativa en materia de protección/sanidad animal.
  • Deberá mantener el perro de asistencia a su lado con la sujeción y medidas de seguridad que procedan de conformidad con su raza.
  • Queda prohibido el acceso de los perros de asistencia en las zonas de manipulación de alimentos y de acceso exclusivo del personal del establecimiento hotelero; agua de piscinas.

Podrá denegarse el acceso a los perros de asistencia de las personas con discapacidad en las siguientes circunstancias:

  • En caso de grave peligro inminente para el usuario, para tercera persona o para el propio perro de asistencia.
  • Cuando el animal presente síntomas de enfermedad, exteriorizados de forma alternativa o acumulada mediante signos febriles, alopecias anormales, deposiciones diarreicas, secreciones anormales, señales de parasitosis cutáneas, heridas que por su tamaño o aspecto supongan un presumible riesgo para las personas o se evidencie la falta de aseo o de atención

10.       BASURA

Las bolsas de basura se depositarán en el interior de los contenedores para tal fin que se encuentran a la entrada del Camping. No está permitido depositar fuera de los contenedores. El campista que deposite objetos voluminosos fuera de los contenedores será directamente responsable de los mismos y las sanciones ocasionadas por dicha acción. Los objetos voluminosos deberán ser retirados conforme a la normativa llamando al teléfono 98550776, acordando día, hora y lugar de recogida.

Las papeleras situadas en el camping no están situadas a efectos de contenedor, por lo que estará prohibido depositar bolsas de basura dentro de las mismas.

11.    REGAR

Se prohíbe terminantemente regar.

12.    JUEGOS.

Se permite el juego en las zonas habilitadas para ello, quedando prohibido jugar en los baños-duchas-fregaderos, en los viales de circulación de vehículos, parking, zonas de acampada, parcelas libres y en cualquier lugar del Camping que suponga una molestia para otro campista y la convivencia o conlleve un riesgo.

Los padres o tutores legales de los menores son responsables del cumplimiento de los mismos de las normas establecidas en el camping en todo momento.

En caso de incumplimiento de las normas y/o de incidente que provoque algún menor de edad aun de forma no intencionada, el responsable será en todo caso el padre/madre o tutor legal del mismo, pudiendo dar lugar a la imposición de sanciones por parte del Camping, con independencia de la responsabilidad derivada del suceso.

13.    ELECTRICIDAD.

Queda terminantemente prohibido abrir y/o manipular cualquier cuadro eléctrico, siendo esto potestad única y exclusiva del personal del Camping.

Es responsabilidad de todo campista tener la instalación eléctrica en buen estado de funcionamiento y uso. A fin de acreditar su perfecto estado de seguridad.

Igualmente, será responsabilidad de todo campista mantener la instalación eléctrica de su elemento de acampada en perfecto estado de funcionamiento y uso, estando obligado a efectuar periódicamente, cuando la dirección del camping lo requiera, una revisión básica de la misma por parte de un instalador autorizado, debiendo aportar una copia de la certificación expedida a la Dirección del Camping, previa a la firma del contrato.

14.   MANTENIMIENTO Y REVISIÓN DE INSTALACIÓN DE GAS.

Todo campista que desee utilizar bombonas de gas butano o propano, estará obligado a encargar cada 4 años a una empresa autorizada, la revisión de la instalación y aparatos de GLP (Gases Licuados del Petróleo) o tener contratado un servicio de mantenimiento oficial. La responsabilidad en caso de cualquier accidente o consecuencia derivada del mal estado de la instalación será exclusiva del campista.

15. PARCELAS.

Queda prohibida la realización de obra alguna en las parcelas, así como la edificación o instalación de cualquier elemento fijo o permanente. De forma expresa, se prohíbe cualquier tipo de plantación dentro de las parcelas, así como ejecutar cualquier obra o reforma que afecte a las mismas, debiendo siempre y en caso de duda consultar a la Dirección del Camping:

  • Queda prohibido tener baldosas hormigonadas, siliconadas, o, fijadas a la superficie de cualquier forma. Sólo se permitirán las baldosas que estén posadas sobre la superficie, sin ninguna fijación, y que marquen exclusivamente la entrada a la caravana o fijen el avancé al suelo (deberán colocarse alineadas en filas de dos como máximo alrededor del avancé y de la cocina). Todas las baldosas que no se ajusten a esta norma tendrán que ser retiradas, siendo las de canto rodado de 40cm el único modelo permitido.
  • En temporada de invierno, debe ser retirado cualquier elemento que delimite la parcela, y los elementos decorativos, como macetas, lámparas, figuras o vallas decorativas.
  • También deben ser retiradas durante la temporada de invierno todas las estructuras ajenas a la caravana o el avancé, como pueden ser los cenadores.

Cabe reseñar sobre este último punto, que independientemente de lo que determine la Conserjería y permita el Camping, cualquier material o estructura que se encuentre fuera de la caravana durante la temporada de invierno, no está sujeto a ninguna indemnización y/o seguro ante cualquier desperfecto que pueda sufrir, y sin embargo, será responsabilidad del propietario cualquier desperfecto que pueda ocasionar a otros campistas o a las instalaciones del Camping.

Además, existen las siguientes prohibiciones,

  • Poner toldos encima de las caravanas, avances y cocinas.
  • Los sobreavancés.
  • Sujetar los mástiles de las antenas de TV a los muros o cierres (barandillas) del Camping.
  • Instalar fregaderos en las parcelas al aire libre.
  • Tener lavadoras a la vista fuera del avancé o de la cocina.
  • Echar trito en las parcelas.
  • Tender prendas de vestir en lugares no permitidos
  • Materiales como metacrilato, vallas, cerrados, maderas…
  • Las piscinas hinchables o de cualquier otro tipo.  Se hará una excepción con las pequeñísimas, que tienen que tener un volumen máximo de agua equivalente a un caldero de fregar estándar.

16.FUEGOS Y BARBACOAS.

Se permite el uso de barbacoas siempre y cuando las condiciones atmosféricas lo permitan, se haga un uso responsable de ellas y no se produzca ninguna molestia a los demás campistas.

Queda terminantemente prohibido encender fuego abierto dentro del recinto del Camping.

Cualquier incidencia con relación a este punto será responsabilidad del cliente titular de la parcela.

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